Impuestos: la herencia puede derivar en una carga impensada

La transmisión de bienes está gravada en Buenos Aires y Entre Ríos.

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Impuestos: la herencia puede derivar en una carga impensada
10deAgostode2013a las04:43

Muchos productores agropecuarios desconocen las consecuencias que puede implicar realizar donaciones a sus hijos o ante su ausencia futura, la carga fiscal que les corresponderá a su descendencia. El impuesto a la herencia y transmisión gratuita de bienes está vigente en la provincia de Buenos Aires desde 2011, por ley, decreto e informes interpretativos del fisco. Ahora también rige en la provincia de Entre Ríos.

Gravar los bienes que se traspasan de patrimonio cuando estuvieron alcanzados durante varios años en cabeza del causante en el Impuesto sobre los Bienes Personales es cuanto menos una injusticia. No se contempla además que en el agro generalmente es toda la familia la que se ha esforzado en producir la riqueza. Tampoco se considera -como en otros países la edad ni la salud del beneficiario.

Este impuesto alienta el gasto en lugar del ahorro, incrementa las inversiones en el exterior sobre las del país y cercena el derecho de propiedad por ser fuertemente progresivo. Además su recaudación proyectada es magra y su fiscalización costosa.

Los que deben abonar el impuesto son las personas o sociedades que reciban bienes en forma gratuita, siempre que éstos estén ubicados en Buenos Aires o Entre Ríos en su caso. Sin embargo, si los sujetos están domiciliados en esas jurisdicciones quedan gravados todos los bienes que reciban, cualquiera que sea el lugar del país o del exterior donde estén ubicados.