Inundaciones: ¿Qué hacer ante una situación de emergencia agropecuaria?

Ante el anegamiento por el exceso hídrico, la Administración Federal de Ingresos Públicos prorrogó el plazo para las obligaciones impositivas para los sectores afectados por las inundaciones de Buenos Aires y Santa Fe.

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El certificado de emergencia o desastre agropecuario es una alternativa que puede contemplarse como paliativo de acontecimientos que repercuten en el rendimiento de la producción.

El certificado de emergencia o desastre agropecuario es una alternativa que puede contemplarse como paliativo de acontecimientos que repercuten en el rendimiento de la producción.

18deAgostode2015a las10:30

El impacto de eventualidades climáticas en el patrimonio de la empresa agropecuaria obliga a sus administradores a apelar a herramientas que procuren resguardar su capital.

Un ejemplo de ello son los certificados de emergencia o desastre, que permiten tributar de modo diferido o bien quedar eximidos del pago de tributos.

Prórroga para presentación y pago de obligaciones

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció en su Resolución General Nº 3794 (B.O. 13/08/2015) un plazo especial para la presentación y pago de las obligaciones impositivas, Autónomos y Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes,  para los sujetos con domicilio fiscal y/o actividad desarrollada en las localidades afectadas por las inundaciones de las provincias de Buenos Aires y/o Santa Fe, ocurridas en el mes en curso.

El plazo especial será para las obligaciones con vencimientos  entre los meses de agosto y diciembre de 2015, ambos inclusive. Las presentaciones, y pago en caso de corresponder, se considerarán efectuados en término si se efectivizan hasta las fechas de vencimientos fijadas  para los meses de enero a mayo de 2016, respectivamente.