Ajuste salarial del 20% para tractoristas y cosecheros
La CNTA fijó una nueva remuneración mínima para el personal que se desempeña como conductor tractorista y maquinista de cosechadoras de cereales y oleaginosos en todo el territorio nacional (incluye también la recolección de arroz). El mínimo pasó a ser de 11.628 pesos mensuales y es retroactivo a octubre.
A partir de diciembre de 2015 la remuneración mínima pasa a ser de $ 12.403,66 mensuales y $ 546,42 por día.
La resolución 102/15 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) –publicada hoy lunes en el Boletín Oficial– dispuso para esa actividad un salario mínimo mensual de $ 11.628,43 retroactivo al mes de octubre de 2015 y vigente hasta noviembre de 2015. La remuneración diaria fue establecida en $ 512,27 y comprende a tractorista y maquinista de cosechadoras de cereales y oleaginosos en todo el territorio nacional (incluye también la recolección de arroz).
A partir de diciembre de 2015 la remuneración mínima pasa a ser de $ 12.403,66 mensuales y $ 546,42 por día. La norma indica que esa escala estará vigente hasta septiembre de 2016.
La última norma en ese sentido había determinado un salario mínimo de $ 9690,36 a partir de noviembre de 2014, con lo cual se aplicó un ajuste por inflación del 20% para el período comprendido entre octubre/noviembre de 2015 versus el mismo bimestre de 2014. En diciembre dicho ajuste será del 28%.
Aumento por inflación
La inflación minorista según el IPC San Luis –único indicador oficial no intervenido por autoridades políticas– fue en el último año del 23,6% (octubre de 2015 versus mismo mes de 2014).