Un nuevo paso hacia la digitalización en la administración de la agroindustria

En 2018 los productores y operadores de granos no presentarán formularios en papel. ¿Còmo impacta esta medida?

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La norma reducirá en forma considerable la carga administrativa.

La norma reducirá en forma considerable la carga administrativa.

15deDiciembrede2017a las09:23

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) junto con el Ministerio de Agroindustria de La Nación, por medio de la Resolución 4167/2017, elimina la presentación de formularios en papel con el objetivo de  simplificar los trámites de los operadores del mercado de granos y agilizarlo por medio de sistemas informáticos. 

El deber de información se considerará cumplido con la sola emisión los siguientes comprobantes electrónicos

• Certificación Primaria de Depósito de Granos (ex - C1116A)

• Liquidación Primaria de Granos -L.P.G.- (ex - C1116B y ex - C1116C)

• Certificación Primaria de Retiro de Granos y Certificación Primaria de Transferencia de Granos (ex - C1116RT)

• Cartas de Porte

Los operadores de granos deberán llevar un registro de movimiento y existencia de granos

Los siguientes operadores de granos deberán llevar un “Registro sistémico de movimientos y existencias de granos” por cada planta que cuente con inscripción en el “Registro único de la cadena agroindustrial” (RUCA) del Ministerio de Agroindustria, sean o no operados  por la misma persona humana o jurídica.

  • Operadores definidos en el Artículo 2° de la Resolución General N° 3.593/14 (AFIP), es decir

 - Acopiador-Consignatario