Un nuevo paso hacia la digitalización en la administración de la agroindustria
En 2018 los productores y operadores de granos no presentarán formularios en papel. ¿Còmo impacta esta medida?
|La norma reducirá en forma considerable la carga administrativa.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) junto con el Ministerio de Agroindustria de La Nación, por medio de la Resolución 4167/2017, elimina la presentación de formularios en papel con el objetivo de simplificar los trámites de los operadores del mercado de granos y agilizarlo por medio de sistemas informáticos.
El deber de información se considerará cumplido con la sola emisión los siguientes comprobantes electrónicos:
• Certificación Primaria de Depósito de Granos (ex - C1116A)
• Liquidación Primaria de Granos -L.P.G.- (ex - C1116B y ex - C1116C)
• Certificación Primaria de Retiro de Granos y Certificación Primaria de Transferencia de Granos (ex - C1116RT)
• Cartas de Porte
Los operadores de granos deberán llevar un registro de movimiento y existencia de granos
Los siguientes operadores de granos deberán llevar un “Registro sistémico de movimientos y existencias de granos” por cada planta que cuente con inscripción en el “Registro único de la cadena agroindustrial” (RUCA) del Ministerio de Agroindustria, sean o no operados por la misma persona humana o jurídica.
- Operadores definidos en el Artículo 2° de la Resolución General N° 3.593/14 (AFIP), es decir
- Acopiador-Consignatario