El DTV-e será obligatorio para todas las especies de material de propagación

La Secretaría de Agroindustria informó que entrará en vigencia en 30 días. Alcanza a todo tipo de material de propagación, micropropagación y/o multiplicación vegetal con excepción de semillas.

16deEnerode2019a las08:04

La Secretaría de Gobierno de Agroindustria, a través del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), dispuso la obligatoriedad en todo el país del uso del Documento de Tránsito Vegetal electrónico (DTV-e) para el traslado de todas las especies de material de propagación, micropropagación y/o multiplicación vegetal con excepción de semillas.

La medida, establecida por medio de la Resolución 27/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial, se refiere al material que se encuentra en desarrollo o en crecimiento, es decir, ya germinado o que forma parte de una planta, como por ejemplo portainjertos, varetas, yemas, esquejes, bulbos y plantines, a excepción de semillas, según el Artículo 2° de la Disposición N° 4 del 4 de junio de 2013.