Nuevos salarios para trabajadores tractoristas y conductores de cosechadoras

Rigen desde el 1 de agosto y ya se estableció la actualización para el 1 de octubre.

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23deAgostode2019a las10:49

Mediante la Resolución 189/2019 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario se han fijado los nuevos salarios para los trabajadores Agrarios conductores Tractoristas y maquinistas de Máquinas Cosechadoras que se desempeñan exclusivamente en las tareas de Recolección y cosecha de granos y oleaginosas fijando los nuevos salarios a partir de agosto de 2019.

Esta resolución y actualización de salarios suele traer muchas dudas en los empleadores, ya que aquellos que tienen trabajadores que además de las tareas propias de la actividad agropecuaria periódicamente realizan tareas de conducción de vehículos como tractores, cosechadoras etc.-, generando dudas sobre si corresponde la aplicación de esta escala salarial o la que surge con la escala salarial de trabajadores permanentes de la actividad rural siendo la última publicada la dispuesta por la Resolución 188/2019 de la CNTA, publicada hace algunos días atrás (B.O. 12/08/2019), la cual comprende una categoría de conductores tractoristas.

La diferencia principal entre el personal que menciona esta Resolución 189/2019 de la CNTA y la escala salarial del persona permanente de la actividad agraria (Resolución 188/2019 de la CNTA) radica básicamente en que los trabajadores comprendidos en la Resolución 189/19 de la CNTA en comentario, su función es casi exclusivamente la conducción de Tractores y Máquinas cosechadoras para la recolección y cosecha de granos y oleaginosas, y cosecha de Arroz. Un ejemplo de ello suelen ser los trabajadores que salen de campaña para la realización de esta tarea en distintas zonas del país brindado un servicio en distintos predios agropecuarios, que pueden o no ser de un mismo titular.