¿Cómo será la liquidación y pago de los feriados de noviembre?

En este mes son feriados el próximo sábado 20, por el “Día de la Soberanía Nacional”, y el lunes 22, que es un feriado con fines turísticos

¿Cómo será la liquidación y pago de los feriados de noviembre?
18deNoviembrede2021a las17:53

(Por Dr. Julio Mirasson, Depto. Técnico Legal Laboral de Arizmendi) En noviembre del corriente año habrá dos feriados nacionales. El correspondiente al día 20 de ese mes, “Día de la Soberanía Nacional” que por coincidir con un día sábado no se traslada a otro día (v. Ley 27.399, Art. 1º y 6) y además, el correspondiente al lunes 22, “Feriado con fines turísticos”, dispuesto por el Decreto 947/21, Art. 1º.

Por ello, el Dr. Julio Mirasson, especialista laboral de Arizmendi, nos recuerda las pautas aplicables a la liquidación y pago de esos días.

En primer lugar, corresponde distinguir según si el feriado sea trabajado o no.

En el primer caso, el último párrafo del Art. 166 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) establece que los trabajadores que prestan servicios en esos días "cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual".