El nuevo listado de productos vinculados al agro prohibidos para compras bajo modalidad courier o puerta a puerta
La norma del Senasa y Afip, modifica y actualiza los productos que pueden afectar la salud pública y los estatus sanitarios de Argentina

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) y la Dirección General de Aduanas (DGA), dependiente de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvieron la actualización de los listados de sustancias y mercancías de ingreso al país no contempladas en otras normas aduaneras, incluida la modalidad courier o puerta a puerta, con el objetivo de mitigar los riesgos sanitarios y epidemiológicos frente al crecimiento del comercio electrónico en los hábitos de consumo.
La actualización fue publicada hoy en el Boletín Oficial, mediante la Resolución General AFIP 5397/2023, que lleva la firma de la presidenta del Senasa, Diana Guillén y del administrador federal de Ingresos Públicos, Carlos Castagneto como resultado del trabajo conjunto realizado desde el Programa de Fiscalización y Monitoreo en Medios Digitales, las direcciones nacionales de Sanidad Animal, Protección Vegetal e Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del Senasa y los equipos técnicos de la Dirección General de Aduanas.
Atendiendo el gran incremento del comercio electrónico, no solo nacional sino internacional y el aumento en la demanda de servicios de envíos bajo modalidad courier o puerta a puerta de compras realizadas en plataformas del exterior, los profesionales de ambos organismos comenzaron a trabajar en 2021 en la actualización y posterior publicación del listado de productos y sustancias, en el marco de la definición de mercancías prohibidas de competencia del Senasa, que formaban parte de la normativa vigente (Resolución General Afip 2146/2006) que es la que se modifica con la resolución publicada en el día de la fecha.