Devolución del IVA: hasta cuánto gastar, cómo se reintegra el 21% y cuáles son los productos que se pueden comprar con el descuento
A partir de este lunes se pone en marcha de la devolución del IVA en productos de primera necesidad

El Programa de Devolución del IVA entra en plena vigencia a partir de este lunes 18 de septiembre. La medida rige para los rubros de alimentos y bebidas e higiene personal, con un tope mensual por persona de $18.800.
Devolución del IVA
Para acceder al reintegro del 21% las compras deberán realizarse con tarjetas de débito bancarias de manera presencial. Estarán alcanzados trabajadores con salarios de hasta $708.000, monotributistas, jubilados y pensionados que percibieron hasta seis haberes mínimos, así como titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Tarjeta Alimentar o Potenciar Trabajo.
La asignación de este beneficio se realizará en base al número de CUIL o CUIT y el monto reembolsado se acreditará automáticamente en la cuenta bancaria del contribuyente dentro de las 48 horas posteriores a la realización de la compra, sin necesidad de realizar ningún trámite adicional.
En el caso de los jubilados y pensionados, que ya contaban con una devolución del 15% anteriormente, este programa amplía su alcance y también establece el límite máximo de $18.800.
Cuáles con los productos de Canasta Básica Alimentaria
- Pan
- galletitas de agua
- galletitas dulces
- arroz
- harina de trigo
- harinas de maíz
- Fideos
- Papá
- Batata
- Azúcar
- Dulces -dulce de batata, mermelada, dulce de leche-
- Legumbres secas -lentejas y arvejas-
- Hortalizas -acelga, cebolla, lechuga, tomate perita, zanahoria, zapallo, tomate envasado-
- Frutas -manzana, mandarina, naranja, plátano, pera-
- Carnes -asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo, carne de pescado-
- Fiambres
- huevos
- leche
- Queso -queso crema, queso cuartirolo, queso para rallar-
- yogur
- Manteca
- aceite
- Bebidas no alcohólicas
- Bebidas alcolicas
- sal fina
- condimentos
- Vinagre
- Cafetería
- yerba