El peso mínimo de faena será de 240 kilos durante el verano

La baja de 40 kilos en el porte bovino rige hasta fines de febrero.

29deDiciembrede2006a las12:31
Mediante la resolución 916, la Secretaría de Agricultura y Ganadería de la Nación resolvió bajar de 280 a 240 kilos el peso mínimo de faena comercial de animales bovinos, aunque la medida será temporal y regirá en forma excepcional hasta el 28 de marzo próximo.

La decisión suspende el efecto del artículo 3º de la resolución 645 –que a su vez había sido ya sustituido por la resolución 176 de abril pasado–, que establece la suspensión de la faena para las categorías mamones y terneros cuyo peso sea menor a 280 kilos.

Ahora, y con retroactividad al 1º de diciembre, se podrá trabajar con animales de esas categorías cuyo peso supere los 240 kilos en pie o su equivalente en 132 kilos en gancho para la res.