Fuerte oposición a una mayor carga tributaria en los puertos

Las terminales privadas rechazan tasas de la provincia de Buenos Aires por considerarlas inconstitucionales.

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La Provincia de Buenos Aires carece de facultades jurisdiccionales sobre la actividad portuaria.

La Provincia de Buenos Aires carece de facultades jurisdiccionales sobre la actividad portuaria.

10deDiciembrede2014a las08:08

La Cámara de Puertos Privados Comerciales (CPPC) de la Argentina rechazó la aprobación por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires de varias tasas a la actividad portuaria, incluidas en el presupuesto 2015, ya que su sanción viola la ley nacional que la regula y la Constitución Nacional. Al mismo tiempo, la entidad alertó sobre el peligro que se cierne sobre una industria vital para el comercio exterior que da empleo a centenares de personas en esa provincia.

La CPPC reclamó la suspensión de los artículos de la ley presupuestaria que crean las tasas cuestionadas y advirtió sobre las asimetrías negativas con los puertos de provincias vecinas, dado que la norma promueve la fuga de cargas hacia esos otros destinos.

El núcleo de las críticas se focalizó en los artículos 138 y 139 de la Ley de Presupuesto 2015 aprobada, así como en los 137 y 140 de la misma normativa, a partir de los cuales se crean nuevas tasas a los buques y a las terminales portuarias de los particulares, de uso privado y destino comercial o industrial.

Sin facultades

La Ley Nacional de Actividades Portuarias 24.093, en el artículo 18 del capítulo donde se regula la administración y operatoria de los puertos de los particulares, dispuso que los buques y las cargas que operen en ellos sean exentos del pago al Estado de derechos y tasas por servicios portuarios que éste no presta efectivamente.