Higiene y Seguridad en el Régimen Agrario: aspectos a tener en cuenta

El Régimen Agrario determina que el trabajo deberá desarrollarse en adecuadas condiciones de higiene y seguridad.

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Higiene y Seguridad en el Régimen Agrario: aspectos a tener en cuenta
16deEnerode2015a las11:17

En el Régimen Agrario se establecen exigencias o requisitos al empleador respecto de las condiciones de higiene y seguridad en las que deberá desarrollarse el trabajo. Determina que deberá realizarse en adecuadas condiciones de higiene y seguridad con el objeto de evitar enfermedades profesionales o accidentes de trabajo.

Aspectos a tener en cuenta por el empleador

Desde Arizmendi nos informan que el empleador debe hacer observar las pausas y limitaciones a la duración del trabajo establecidas por la normativa y adoptar las medidas que según el tipo de trabajo, la experiencia y la técnica sean necesarias para tutelar la integridad psicofísica y la dignidad de los trabajadores, debiendo evitar los efectos perniciosos de las tareas penosas, riesgosas o determinantes de vejez o agotamiento prematuro, así como también, los derivados de ambientes insalubres o ruidosos.

El trabajador podrá rehusarse a la prestación de trabajo, sin que ello le ocasione pérdida o disminución de la remuneración, si el mismo le fuera exigido sin este estándar mínimo de condiciones. Esto es así, en todo caso que exista peligro inminente de daño o se hubiera configurado el incumplimiento de la obligación mediante constitución en mora o si, habiendo el organismo competente declarado la insalubridad del lugar, el empleador no realiza los trabajos de adecuación o no proporciona los elementos que dicha autoridad establezca.