Declaración jurada sobre semilla de soja: quiénes, cómo y cuándo
Como es sabido, el INASE comunicó la prórroga para la presentación de la declaración jurada sobre la semilla de soja hasta el 31 de marzo. Desde Barrero & Larroudé explican los alcances y detalles de esta resolución y la nueva fecha de vencimiento.
|El vencimiento inicial de la resolución estaba programado para el 31 de enero.
La Resolución 187/2015 del Instituto Nacional de Semillas (INASE) fue prorrogada hasta el día 31 de marzo para la presentación de la declaración jurada de soja.
El vencimiento inicial de la resolución estaba programado para el 31 de enero. Pero, al llegar cerca de la fecha límite, INASE publicó un comunicado informando la prórroga para el cumplimiento de la obligación.
¿Quiénes?
Deben completarla aquellos usuarios de semillas de soja, cuando superen el monto de facturación anual de tres veces el monto de la categoría más alta de monotributo. La categoría más alta de monotributo en la actualidad es la “L” con un límite de facturación de $600.000, por lo tanto aquellos que superen la facturación anual de $1.800.000 deberán completar la Declaración Jurada, independientemente de si se encuentran en el Régimen Simplificado o no.