Régimen agrario: todo sobre jornada máxima legal, horas extras y recargos

En relación al cumplimiento de horas extras, el nuevo régimen de la Ley 26727 establece en el artículo 42 un límite máximo de 30 horas mensuales y 200 anuales.

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Jornada máxima legal, horas extras y recargos en el régimen agrario.

Jornada máxima legal, horas extras y recargos en el régimen agrario.

29deSeptiembrede2016a las12:54

El nuevo estatuto que regula el trabajo agrario estipula un régimen de jornada máxima legal de 8 horas diarias y 44 horas semanales, permitiendo la posibilidad de redistribuir las horas de trabajo, de manera tal que no se excedan de las 9 horas diarias (artículo 40 de la Ley 26727). El nuevo régimen, previsto por la Ley 26727 recepta lo establecido por la Resolución (CNTA) 71/2008, y profundiza aún más el criterio protectorio del trabajador, al establecer un límite para la jornada de trabajo de 8 horas diarias y 44 horas semanales. Cabe aclarar que la citada Resolución (CNTA) 71/2008 había establecido un régimen de jornada máxima legal de 8 horas diarias y 48 horas semanales, con lo cual el nuevo régimen al reducir la jornada semanal a 44 horas viene a profundizar la protección del trabajador en la materia.

Nos explica la Dra. Marina Simondegui, asesora de Arizmendi, que en relación al cumplimiento de horas extras, el nuevo régimen de la Ley 26727 establece en el artículo 42 un límite máximo de 30 horas mensuales y 200 anuales, en concordancia con la normativa aplicable a los trabajadores comprendidos en la Ley 11544 de jornada de trabajo.