Impuesto a las Ganancias: aspecto a tener en cuenta para la comercialización de granos

La AFIP actualizó los importes correspondientes al régimen general de retención de impuesto a las ganancias.

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Impuesto a las Ganancias. Comercialización de Granos no destinados a la siembra y legumbres secas. Retención. Modificación. Actualización de importes.

Impuesto a las Ganancias. Comercialización de Granos no destinados a la siembra y legumbres secas. Retención. Modificación. Actualización de importes.

13deOctubrede2016a las12:49

Hace unos meses la AFIP actualizó los importes correspondientes al régimen general de retención de impuesto a las ganancias. Cabe recordar, explica el especialista de Arizmendi Gonzalo Alcorta, que se incrementaron a partir del 1/6/2016 los montos mínimos no sujetos a retención del impuesto. Al igual que los importes mínimos a partir de los cuales se efectúan las retenciones.

Por ejemplo, en el caso, de enajenación de bienes muebles y bienes de cambio, se incrementó el mínimo no imponible en $ 100000, para aplicar la retención del impuesto a las ganancias, la alícuota del 2 % sobre el excedente del precio neto de facturado