Energías renovables: ¿quiénes pueden solicitar la devolución del IVA?

Quienes inviertan en fuentes renovables de energía podrán solicitar devolución de IVA, así lo determinó la Resolución General 4101-E/2017 publicada en el Boletín Oficial.

La Ley 27.191 propone lograr que el 8 % de la matriz nacional de la energía eléctrica en 2017 sea aportada por fuentes renovables.

La Ley 27.191 propone lograr que el 8 % de la matriz nacional de la energía eléctrica en 2017 sea aportada por fuentes renovables.

28deAgostode2017a las11:00

A partir de la Resolución General 4101-E/2017 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que los responsables inscriptos en el IVA que realicen inversiones en emprendimientos de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables en todo el territorio nacional, podrán solicitar la acreditación, contra otros gravámenes, del IVA que se les haya sido facturado por la compra, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de capital o la realización de obras de infraestructura, electromecánicas y de montaje.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

Podrán acceder al beneficio quienes hayan obtenido el Certificado de Inclusión en el “Régimen de Fomento de las Energías Renovables" ante la Subsecretaría de Energías Renovables de la Secretaría de Energía Eléctrica dependiente del Ministerio de Energía y Minería. Se encuentren incluidos en las disposiciones del Artículo 3° de la Resolución N° 202/2016 - E del Ministerio de Energía y Minería. 

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el beneficio?

•Tener aprobado el proyecto de inversión por el Ministerio de Energía y Minería a través de la Subsecretaría de Energías Renovables de la Secretaría de Energía Eléctrica.