Monotributo: mirá las facilidades de pago permanente para sujetos excluidos del Régimen

La cancelación del plan de facilidades de pago no implica reducción alguna de los intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.

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Productores agropecuarios adheridos al Monotributo: régimen de facilidades de pago permanente para sujetos excluidos del Régimen.

Productores agropecuarios adheridos al Monotributo: régimen de facilidades de pago permanente para sujetos excluidos del Régimen.

10deEnerode2018a las16:53

La Resolución General AFIP 4.166 –E/2017  establece un régimen de facilidades de pago permanente, en el ámbito del sistema “Mis Facilidades”, para los sujetos que hayan sido excluidos del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), cuya fecha de registración de la novedad en el “Sistema Registral” sea a partir del día 1 de octubre de 2017, inclusive. Osvaldo Purciariello especialista impositivo de Arizmendi,  explica que el régimen es aplicable a la cancelación de las obligaciones correspondientes a las declaraciones juradas determinativas de los impuestos al valor agregado y a las ganancias, como también los aportes personales de los trabajadores autónomos, más sus respectivos intereses, vencidos desde el acaecimiento de algunas de las causales de exclusión hasta el día de registración de la novedad de la exclusión en el “Sistema Registral” del Organismo Fiscal.

Exclusiones

Objetivas

  • Los anticipos y/o pagos a cuenta.
  • Las retenciones y percepciones.
  • Los intereses relacionados con los conceptos precedentes.
  • Los intereses de las deudas de capital que no estén regularizadas en este régimen.
  • Los intereses punitorios generados por todo concepto.
  • Las multas materiales y las establecidas en la Resolución General AFIP 1566.

Subjetivas

Se encuentran excluidas las obligaciones correspondientes a los sujetos procesados por los delitos previstos en las leyes 22415, 23771 o 24769, así como a los imputados por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras y a las personas jurídicas cuyos directivos se encuentren imputados por los mencionados delitos comunes.

Condiciones del plan de facilidades de pago

a) Podrá solicitarse hasta el último día del tercer mes posterior a la fecha de registración de la novedad de la exclusión en el “Sistema Registral”.

b) Tendrá un pago a cuenta que será equivalente al:

  • Dos por ciento (2%) del monto consolidado: cuando se trate de sujetos que regularicen su deuda dentro de los treinta (30) días corridos contados a partir del día siguiente de la fecha de registración de la novedad de la exclusión en el “Sistema Registral”.
  • Cinco por ciento (5%) del monto consolidado: de tratarse de sujetos que regularicen su deuda una vez transcurrido el plazo fijado en el punto anterior.

c) La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente al día de cancelación del pago a cuenta.

d) Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas.

e) El monto del pago a cuenta y de cada una de las cuotas deberá ser igual o superior a un mil pesos ($ 1.000).

f) La cantidad máxima de cuotas a otorgar será la equivalente al doble de la cantidad de meses contados desde el período de alta en los tributos del régimen general hasta la fecha de actualización de la novedad de la exclusión en el “Sistema Registral”, no pudiendo exceder en ningún caso las treinta y seis (36) cuotas.

g) La tasa de financiamiento mensual aplicable será la tasa efectiva mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco de la Nación Argentina a ciento ochenta (180) días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un dos por ciento (2%) nominal anual.

h) Se deberá generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) para efectuar el ingreso del importe del pago a cuenta, que tendrá validez hasta la hora veinticuatro (24) del día de su generación.

i) La confirmación de la cancelación del pago a cuenta producirá en forma automática el envío de la solicitud de adhesión al plan.