Santa Fe sancionó una ley que beneficiará al productor apícola

Esta norma regula la producción, establece beneficios impositivos y crea la “Mesa de Diálogo Apícola Provincial” como órgano consultivo.

La normativa que obtuvo sanción definitiva, busca promover y proteger la actividad.

La normativa que obtuvo sanción definitiva, busca promover y proteger la actividad.

04deDiciembrede2018a las08:21

La Legislatura de la Provincia de Santa Fe dio sanción definitiva al proyecto denominado “Ley Apícola” que impulsó el diputado Omar Martínez (PS), a través del cual se busca la “promoción, difusión y protección de la producción apícola”. Entre los principales aspectos, la norma regula la instalación de apiarios, obliga comunicar a los apicultores el uso de agroquímicos en cercanías de colmenares, establece beneficios impositivos y crea un “Programa Provincial de Impulso, Estímulo y Promoción de la Actividad Apícola  y el Consumo de Miel”, así como el “Fondo Provincial de Impulso, Estímulo y Promoción de la Actividad Apícola” y una “Mesa de Diálogo Apícola Provincial” como órgano consultivo.

En el recinto, Martínez celebró “el sostenimiento de esta Ley que es muy importante principalmente para el sector apícola de nuestra provincia”. A la vez agradeció el “trabajo en conjunto con los senadores” que realizaron agregados al proyecto original. Así, luego de su segunda revisión, el proyecto fue aprobado por unanimidad en Diputados.

Entre los aspectos destacados de la Ley, se encuentra la declaración de la actividad como “de interés público” en la provincia y se instaura los días 20 de mayo como "Día de la Abeja" y el 28 de julio como "Día de la Apicultura.

En su aspecto regulatorio, determina la prohibición de instalar apiarios en los núcleos urbanos y en cercanías de centros de concurrencia de personas o tránsito de vehículos. También dispone distancias mínimas: de 500 metros respecto de autopistas, estadios deportivos, cuarteles, velódromos, hipódromos, balnearios, parques o lugares similares de reunión de personas; del radio delimitado como urbano en comunas o municipios; y de instalaciones donde se realicen remates de ganado.

Y de 250 metros de caminos principales (artículos 43 y 44 del Código Rural de la Provincia de Santa Fe). Se acepta una distancia menor para criaderos de reinas. Y, entre las excepciones, se aclara que ante la aparición de nuevos loteos o nuevas delimitaciones de zonas urbanizadas donde existen radicaciones de colmenares, “la autoridad de aplicación intervendrá en el referido trámite a efectos de que no se perjudique al apicultor  por normas urbanísticas posteriores”.