Incorporación del código de barras en la Libreta del Trabajador Rural

Almacenará el número de la Constancia Única de Identificación Laboral (CUIL) del trabajador.

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31deMayode2019a las10:46

El directorio del RENATRE decidió aprobar, mediante la Resolución 132/2019 publicada el 28 de mayola incorporación de un código de barras en la Libreta de Trabajo Rural que almacenará e informará el número de la Constancia Única de Identificación Laboral (CUIL) del trabajador titular de la misma.

La Libreta de Trabajo Rural es un documento personal del trabajador, intransferible y probatorio de la relación laboral. En él se vuelca el historial laboral del trabajador rural, explica el Dr. Carlos de Celis, especialista laboral de Arizmendi.

Es de uso obligatorio para todos los trabajadores rurales del país, sean trabajadores permanentes, temporarios, permanentes discontinuos y de temporada, que cumplan tareas en la actividad rural y afines.

A través del art. 1 de la Ley 25.191 se declara obligatorio el uso de la Libreta del Trabajador Rural en todo el territorio de la República Argentina para los trabajadores permanentes, temporarios o transitorios que cumplan tareas en la actividad rural y afines, en cualquiera de sus modalidades. Tendrá el carácter de documento personal, intransferible y probatorio de la relación laboral.

El Decreto N° 453 del 26 de abril de 2001, reglamentario de la Ley 25.191, establece en su artículo 4°, que el RENATRE determinará en su oportunidad y mediante resolución, el formato y características de la Libreta del Trabajador Rural, así como también los datos que contendrá la misma, en función del último párrafo del art. 2 de la Ley 25.191.