Modifican plazos para liquidar divisas y se destraban los embarques de maíz pisingallo

El Banco Central publicó los nuevos plazos para liquidar. A partir de la comunicación se tendrá 180 días de concretado el embarque. También hubo cambios para exportaciones de trigo, cebada, maíz, sorgo, entre otros.

20deSeptiembrede2019a las06:58

Luego de la disposición impuesta por el Banco Central, que establecía fecha límite para la liquidación de divisas para el maíz pisingallo, se oficializó un cambio en los plazo. Con el objetivo de destrabar las exportaciones, se comunicó que el plazo será de 180 días concretado el embarque.

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Este jueves se conoció la Comunicación  A” 6788 del Banco Central de la República Argentina. La medida es retroactiva al 2 de septiembre y establece que el contravalor en divisas de la exportación hasta alcanzar el valor facturado, según la condición de venta pactada, deberá ingresarse al país y liquidarse en el mercado de cambios en los plazos mencionados. Se deberá computar desde la fecha del embarque otorgado por la Aduana.

Para las exportaciones de maíz pisingallo el plazo es de 180 días, a partir del embarque. En el caso de las exportaciones de trigo, cebada, maíz, sorgo, poroto y aceite de soja crudo; refinado a granel y mezclas de aceite que contengan aceite de soja, tendrán un plazo de hasta 15 días. En este punto se modificó el momento en el que se comienza a contabilizar el plazo.

Por otra parte, el comunicado expresa que hay un plazo de 365 días corridos para las operaciones que se concreten en el marco del régimen “Exporta Simple”, independientemente del tipo de bien exportado. En el caso de las exportaciones liquidadas con anterioridad al 2 de septiembre, deben liquidarse dentro de los próximos 5 días hábiles.

Ver  Comunicación  A” 6788

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