Despapelización: una serie de documentos ya no serán necesarios para trámites en el Senasa

El organismo oficial lo dispuso para continuar con el proceso de desburocratización y simplificación de la gestión del administrado.

Los documentos oficiales electrónicos firmados digitalmente tienen para el sector público nacional idéntica eficacia que uno en papel.

Los documentos oficiales electrónicos firmados digitalmente tienen para el sector público nacional idéntica eficacia que uno en papel.

07deNoviembrede2019a las06:22

Con el objetivo de agilizar los procedimientos y evitar demoras innecesarias e información duplicada, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) adecuó los trámites de presentación de documentación ante el Organismo.

En este sentido, estableció que no deberán requerirse los documentos detallados a continuación, a los administrados que realicen trámites a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) integrada por el módulo “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Estatuto social, contrato social, acta de asamblea de constitución de la sociedad o lo que corresponda.
  • Poder del representante legal.
  • Constancia de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
  • Constancia de pago de autónomos o monotributistas.
  • Acta de Directorio/Última designación de cargos.

De esta forma se eliminan los requisitos exigidos en los diferentes trámites que se gestionan ante el SENASA, siempre que se realicen por la Plataforma TAD. Ello, "con la finalidad de disminuir las cargas innecesarias para el administrado y fomentar la utilización de las herramientas informáticas".