Créditos a tasa cero y salario complementario: los requisitos que se deben reunir y cómo acceder
Ya se inscribieron casi el 80% de las empresas del país al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP). El agro excluido de los beneficios.
|A través del Decreto 376/2020, el gobierno realizó modificaciones al Decreto 332/2020 que estableció el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).
En el intento por ayudar a las empresas a sobrevivir a la situación actual en la que se ven envueltas en el marco de la cuarentena por el COVID-19, el programa incluye una serie de alternativas mediante las cuales el Ejecutivo concretará esa asistencia:
● Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.
● Salario Complementario: asignación abonada por el Estado Nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado.
● Crédito a Tasa Cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadores autónomos con subsidio del 100% del costo financiero total.
● Sistema integral de prestaciones por desempleo.
Ver también: Pymes: el listado de beneficios para atenuar el contexto de emergencia
A través de la Decisión Administrativa 591/2020 la Jefatura de Gabinete de Ministros fijó los requisitos y recomendaciones para el acceso a los beneficios del programa ATP, entre los que mencionamos:
Crédito a Tasa Cero
En el caso de las personas adheridas al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes, deberían reunirse los siguientes requisitos:
* Estar inscriptos en cualquier categoría del Régimen y no encontrarse alcanzados por el beneficio del Ingreso Familiar Extraordinario (IFE).
* No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal.