Aguinaldo 2020: impacto de la prestación no remunerativa por suspensiones
El aguinaldo se define como "la doceava parte del total de las remuneraciones definidas en el Artículo 103 de esta ley, percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario".
|El sueldo anual complementario (SAC), conocido como aguinaldo, es un rubro de carácter remunerativo que se devenga en forma anual pero se abona en dos cuotas y que complementa la remuneración ordinaria o principal percibida por el trabajador.
El artículo 121 de la LCT lo define como “la doceava parte del total de las remuneraciones definidas en el Artículo 103 de esta ley, percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario”.
El empleador debe abonar el aguinaldo en dos cuotas: la primera de ellas con vencimiento el día 30 de junio y la segunda con vencimiento el día 18 de diciembre de cada año. El pago se debe efectuar en esas fechas, no siendo aplicable el plazo de los cuatro días hábiles que fija el artículo 128 de la LCT para la generalidad de las remuneraciones ordinarias y que se cuentan a partir del día siguiente al del vencimiento del periodo de liquidación (mes o quincena).
El monto de cada cuota del aguinaldo se calcula tomando como base el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro del semestre que corresponde, explica la Dra. Marina Simondegui, especialista laboral de Arizmendi.