Aguinaldo 2020: impacto de la prestación no remunerativa por suspensiones

El aguinaldo se define como "la doceava parte del total de las remuneraciones definidas en el Artículo 103 de esta ley, percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario".

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Aguinaldo 2020: impacto de la prestación no remunerativa por suspensiones
27deJuniode2020a las08:45

El sueldo anual complementario (SAC), conocido como aguinaldo, es un rubro de carácter remunerativo que se devenga en forma anual pero se abona en dos cuotas y que complementa la remuneración ordinaria o principal percibida por el trabajador.

El artículo 121 de la LCT lo define como “la doceava parte del total de las remuneraciones definidas en el Artículo 103 de esta ley, percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario”. 

El empleador debe abonar el aguinaldo en dos cuotas: la primera de ellas con vencimiento el día 30 de junio y la segunda con vencimiento el día 18 de diciembre de cada año. El pago se debe efectuar en esas fechas, no siendo aplicable el plazo de los cuatro días hábiles que fija el artículo 128 de la LCT para la generalidad de las remuneraciones ordinarias y que se cuentan a partir del día siguiente al del vencimiento  del periodo de liquidación (mes o quincena).           

El monto de cada cuota del aguinaldo se calcula tomando como base el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro del semestre que corresponde, explica la Dra. Marina Simondegui, especialista laboral de Arizmendi.

Sin perjuicio que la Ley de Contrato de Trabajo solo prevé el pago del aguinaldo en forma proporcional para los supuestos de extinción del contrato de trabajo al establecer que el trabajador tendrá derecho a percibir la parte del sueldo anual complementario devengado en la fracción del semestre trabajado hasta el momento en que finaliza la prestación de servicios, esta misma regla se aplica cuando por cualquier motivo no se hayan devengado remuneraciones durante el semestre completo.