Aguinaldo 2020: cómo se calcula la liquidación correspondiente al primer semestre
El caso de las prestaciones pagadas en el marco del Art. 223 bis de la LCT aplicable a los empleados de comercio.
|Aguinaldo: pautas generales de liquidación
El sueldo anual complementario, conocido como aguinaldo, es un rubro de carácter remunerativo, de devengamiento anual y que complementa a la remuneración ordinaria o principal.
El Art. 121 de la LCT lo define como “la doceava parte del total de las remuneraciones definidas en el Artículo 103 de esta ley, percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario”.
El empleador debe abonarlo en dos cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año. El aguinaldo debe pagarse en esas fechas no siendo aplicable el plazo de cuatro días hábiles que -para la generalidad de las remuneraciones ordinarias- fija el Art. 128 de la LCT y que se cuentan a partir del día siguiente al del vencimiento del período de liquidación (mes o quincena).
El valor de la cuota de aguinaldo se calcula sobre la base del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro del semestre.