Cómo quedaron definidos los incrementos salariales para los trabajadores agrarios permanentes

El abogado Fernando Roberto Bianchi, integrante del Departamento Técnico Legal Laboral de Arizmendi, precisó cómo quedaron los salarios del peón rural

Por
Cómo quedaron definidos los incrementos salariales para los trabajadores agrarios permanentes
14deJuliode2022a las08:00

Mediante la Resolución 96/2022 de la Comisión Nacional del Trabajo Agrario (CNTA), se ha dispuesto con efecto retroactivo un nuevo incremento salarial para el Sector Agrario, fijando la Resolución en cuestión un incremento en las remuneraciones mínimas del personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley N° 26 727 y su Decreto Reglamentario N° 301/13, para las categorías establecidas en la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 4 de fecha 16 de junio de 1998, en el ámbito de todo el país.

Dicho incremento tiene vigencia a partir del 1° de junio de 2022 hasta el 31 de julio de 2022, conforme se detalla en el Anexo 1 de la Resolución.

Asimismo, la norma fija los topes indemnizatorios para la actividad y establece un aporte Sindical a cargo de los Trabajadores, para el cual los empleadores actuaran como agentes de retención de la cuota de solidaridad del dos por ciento (2%) mensual sobre el total de las remuneraciones de dicho personal.

Cuyos montos retenidos en tal concepto deberán ser depositados hasta el día 15 de cada mes en la cuenta especial de la U A T R E N° 26-026/48 del Banco de la Nación Argentina

En el caso de los trabajadores afiliados a la asociación sindical signataria (UATRE) quedan exentos de pago de la cuota solidaria. La retención precedentemente establecida regirá por la vigencia de la presente Resolución Artículo 6°. 

Por lo que con la incorporación de las sumas No remunerativas al básico de los trabajadores, los nuevos salarios para el personal permanente de prestación continua que se desempeña en el Régimen de Trabajo Agrario de la Ley 26.727, quedarán establecidos en los siguientes valores.

Para el mes de junio de 2022

                                                                                                                             Sueldo              Jornal 

-PEONES GENERALES………………………………………………..………… $ 69 414,00         $3 053,73.

AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS

-PEÓN ÚNICO….………………………………………………………….……......$ 71.248,16        $3.134,74

ESPECIALIZADOS:

-Peones que trabajan en el cultivo del arroz,

Peones de haras, peones de cabañas (bovinos y ovinos)…………..........$71.400,94          $3.141,24

-Ovejeros……………………………………………………………………………$71.990,25          $3.177,26

-Albañiles, apicultores, carniceros, carpinteros, cocineros,

Cunicultores, despenseros, domadores, fruticultores, herreros,

Inseminadores, jardineros, mecánicos (generales y molineros),

Panaderos, pintores, quinteros y talabarteros……………………….…….. $74.064,95         $3.256.56

-Ordeñadores en explotaciones tamberas……………………………...…... $74.552,63         $3.279,89

-Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además

desempeñan funciones de carreros………………………………………….. $76. 834,48        $3.377,71

-Conductores tractoristas, maquinistas de máquinas

cosechadoras y agrícolas………………………………………………………..$77.314,24         $3.406,63

-Mecánicos tractoristas…………………………………………………………..$81 308.61         $3.576.88

Personal Jerarquizado

-Puestero…………………………………………………………………………... $76.526,06.

-Capataces…………………………………………………………………………. $84 412,52.

-Encargados……………………………………………………………………….. $89 046,58.

Asimismo, se mantiene la Bonificación por antigüedad en un 1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, hasta los 10 años. Y previendo además que cuando el trabajador tenga una antigüedad de más de 10 años, dicha bonificación será del 1,5%.

El adicional por zona queda fijado en un 20% sobre las remuneraciones mínimas de la categoría laboral que revista el trabajador, siendo aplicable este adicional para la prestación de tareas en las provincias de Chubut, Santa Cruz, y Tierra del Fuego, Antártida, e Islas del Atlántico Sur.

Finalmente el tope indemnizatorio para estos trabajadores queda establecido a partir del 1° de junio 2022 en la suma de $ 229.530,71.

Temas en esta nota