Obligan a registrar las declaraciones de ventas al exterior de maíz partido tras detectar operaciones truchas
La Secretaría de Agricultura argumentó que se trata de un producto en constante crecimiento; se denunciaron maniobras fraudulentas a Uruguay
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La Resolución 325/2023 que publicó la Secretaría de Agricultura generó cambió en el listado de productos que deben registrar las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE). Esta medida llegó luego de que la Aduana denunció y freno exportaciones truchas.
La normativa que se publicó señala: “Resulta necesario incorporar la obligatoriedad del registro de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE)”. Esta decisión recae sobre los granos perlados o triturados de maíz, también conocido como maíz partido.
De esta manera se establece que el exportador que pretenda exportar este producto deberá completar e ingresar la (DJVE), oficializándola en el Sistema Informático Malvina (SIM) de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Con esta medida, el Estado busca tener más control sobre el comercio exterior. En un momento donde los dólares escasean, el Gobierno pone los ojos sobre todos los mercados.
Además, en el último tiempo se reportaron exportaciones fraudulentas de maíz partido. La más reciente fue en julio, cuando se detectó irregularidades en una exportación de 28,78 toneladas de maíz partido con destino a la República Oriental del Uruguay.
Se trató de 22 bolsones de mercadería valuada en más de US$ 67.200 que fueron retenidos en la localidad entrerriana de Concepción del Uruguay. Aduana comunicó que el perfil elaborado en el análisis de riesgo es compatible con un tipo de operatoria irregular que se viene denunciando con relación a los productos primarios.
Finalmente, la Secretaría de Agricultura sumó el maíz partido a la lista de productos obligatorios. Por su parte, el Ejecutivo argumentó que esta medida se tomó porque los mercados llevan a que ciertos productos adquieran trascendencia, por un aumento significativo en su producción o a un crecimiento constante.
De esta manera, se da intervención a la Dirección General de Aduanas de la AFIP a los efectos que se adopten los recaudos que necesarios.
