Retenciones, en un vacío jurídico
El escenario
No hace falta que Cristina Kirchner les vuelva a recomendar a las entidades del campo "que vayan al Congreso" a pedir una rebaja en las retenciones. Tampoco que la oposición siga buscando el quórum para alcanzar ese objetivo. Sencillo: el Poder Ejecutivo deberá conseguir que el Legislativo le renueve, antes del 24 de agosto, un número incalculable de facultades legislativas, entre las cuales está la de fijar impuestos sobre el comercio exterior.
El debate de este problema conducirá a conclusiones impensadas: hay razones jurídicas muy sólidas para suponer que, desde 2006, los Kirchner han estado obligados a someter al Congreso toda su política de retenciones y no lo han hecho. Para comprender la tensión jurídica y política de lo que se discute no hay más remedio que internarse en un bosque de leyes y reglamentos. En su artículo 76, la Constitución de 1994 le prohibió al Congreso delegar facultades legislativas en el Ejecutivo, salvo en casos de emergencia, con un plazo fijo y sobre temas preestablecidos. En la cláusula transitoria octava, también estableció que la legislación delegada preexistente caducaría en 5 años, salvo que los legisladores la ratifiquen. por eso desde 1999 (ley 25.148) diputados y senadores han venido renovando al Poder Ejecutivo las facultades transferidas y también aprobando las normas que se emitieron al amparo de esa transferencia: lo hicieron también en 2002 (ley 25.645), en 2004 (ley 25.918) y en 2006 (ley 26.135), que es la prórroga que vence este año.
En los debates parlamentarios sobre estas operaciones, los legisladores se flagelaban por no saber qué capacidades estaban cediendo y, al mismo tiempo, advertían que, de no cederlas, se abriría un vacío jurídico peligrosísimo.
