Normas de manejo de animales en establecimientos concentradores de hacienda

La norma establece restricciones al uso de determinados elementos inductores de movimientos tanto eléctricos como no eléctricos.

Normas de manejo de animales en establecimientos concentradores de hacienda
17deEnerode2014a las17:31

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), aprobó la Resolución N° 25/2013, que sustituye el artículo 27 de la Resolución N° 780/1979 de la ex Secretaría de Estado de Agricultura y Ganadería y regula el uso de la picana eléctrica, estableciendo una serie de medidas destinadas a garantizar el buen trato de los animales en el marco del desenvolvimiento de las actividades propias del Mercado de Liniers y otras concentraciones de ganado.

Las medidas reguladas son la prohibición del empleo de caballos para el arreo del ganado menor y del arreo a pie del ganado bovino dentro de la jurisdicción del Mercado; del empleo del lazo, arreadores y perros en el arreo de los animales.