Transporte de animales vivos: nuevos requisitos

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció nuevos requisitos técnicos para la habilitación sanitaria de los medios de transporte de animales vivos.

Los vehículos deberán estar diseñados y construidos de manera que los animales puedan ser embarcados y desembarcados fácilmente, evitando todo tipo de deterioro.

Los vehículos deberán estar diseñados y construidos de manera que los animales puedan ser embarcados y desembarcados fácilmente, evitando todo tipo de deterioro.

13deEnerode2015a las15:44

La Resolución Senasa 581/2014, publicada el 22 de diciembre pasado en el Boletín Oficial, crea un nuevo Registro Nacional Sanitario de Medios de Transporte de Animales Vivos y establece para la habilitación sanitaria de los mismos nuevos requisitos técnicos referidos a las condiciones para el embarque y el transporte.

Las condiciones estipuladas son de obligatoriedad para todas las nuevas habilitaciones; en tanto que los transportes que actualmente se encuentran habilitados por la Resolución Senasa Nº 97/99, tienen un plazo para su adecuación de 180 días corridos, a partir del 22 de diciembre de 2014.

Nuevo Registro

La nueva normativa del Senasa incluye los siguientes apartados:

Habilitación sanitaria

Se realizará en las oficinas del Senasa y en los Servicios de Inspección Veterinaria (SIV) de cualquier jurisdicción del país. El trámite debe finalizarse en el mismo lugar donde se haya iniciado.