Rige la obligatoriedad de registrar la compraventa de granos

Desde el 1° de febrero comenzó a regir plenamente la obligatoriedad de registrar todas las operaciones de compraventa de granos.

Es obligatoria la carga de todas las operaciones de compraventa de granos en forma “on line” el día de la concertación.

Es obligatoria la carga de todas las operaciones de compraventa de granos en forma “on line” el día de la concertación.

02deFebrerode2015a las07:27

A partir del 1° de febrero comenzó a regir plenamente la obligatoriedad de registrar todas las operaciones de compraventa de granos conforme lo dispuesto por las Resoluciones conjuntas N° 208, 299, 628 y 630/2014 de la Comisión Nacional de Valores (CNV) y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (SAGP).

El sistema informático de registración que recibió el nombre de “Siogranos” ya se encontraba disponible desde el 22/12/2014 en la página web www.siogranos.com.ar y permitió oportunamente a todos los operadores registrados realizar las primeras declaraciones de sus operaciones de compraventa.

Al 31/1/2015, existía la obligación de registrar -en forma retroactiva- todas las operaciones efectuadas durante el primer mes del año 2015. Pero a partir del 1/2/2015, ya es obligatoria la carga de todas las operaciones de compraventa de granos en forma “on line” el día de la concertación.