Desde marzo rige el comprobante electrónico para la compraventa de carne
Estas medidas tienden a buscar la transparencia en la cadena de comercialización de haciendas y carnes bovinas y bubalinas.
|Comprobante electrónico para compraventa de carne.
01deFebrerode2017a las13:06
La Resolución General 3964 de la AFIP, publicada en el Boletín Oficial del pasado 23 de diciembre, estableció el uso obligatorio del comprobante electrónico para:
- La compra/venta de hacienda.
- La venta en consignación de carne.
- Los ajustes físicos o de precios que surjan como motivo de la compra/venta o de la consignación de carne bovina y bubalina.
Se utilizarán entonces estos comprobantes para respaldar las operaciones de comercialización de hacienda y de carne bovina y bubalina en las cuales intervenga un Consignatario de Hacienda/Comisionista, un Consignatario Directo o un Consignatario de Carne. Es decir, cuando deban emitir el comprobante para liquidar y rendir al sujeto vendedor, el producido por la venta de hacienda o carne.