DT-e: el trámite debe ser por autogestión cuando intervenga un consignatario

La gestión online facilita la emisión del trámite para el movimiento de animales.

25deJuniode2018a las07:50

A partir del 1° de julio, obligatoriamente se deberá tramitar el Documento de Tránsito electrónico (DT-e) por autogestión en los movimientos de animales donde intervenga un consignatario de hacienda, a través del Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (Sigsa).

La medida obedece a la Resolución 162/2018 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) publicada en el Boletín Oficial el pasado 11 de mayo.

La norma establece la obligación de utilizar la autogestión para tramitar el DT-e cuando intervenga un consignatario de hacienda y fija tres opciones para ello: en un caso el productor consigna la hacienda a un intermediario determinado; otra forma es que el productor autorice al consignatario a emitir el DT-e de su Renspa y, por último, el productor puede autorizar a un ente emisor, quien consigna la hacienda a un intermediario determinado.