La AFIP estableció un régimen de percepción del IVA para la venta de carne

Destacan que el objetivo es avanzar en la transparencia de la cadena de comercialización de carne y subproductos.

Cuando la operación no haya sido documentada mediante el “Remito Electrónico Cárnico”, la percepción será del 100%.

Cuando la operación no haya sido documentada mediante el “Remito Electrónico Cárnico”, la percepción será del 100%.

30deSeptiembrede2019a las07:24

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un régimen de percepción del IVA para las operaciones de ventas de carnes y subproductos comestibles.

El régimen de percepción transitorio alcanza a los sujetos que no acrediten su condición tributaria en la cadena de comercialización del sector.

Sobre el régimen

Este régimen alcanza a las operaciones de ventas de carnes y subproductos comestibles derivados de la faena de hacienda de las especies bovinas/bubalinas y porcinas realizadas a los sujetos que no acrediten, mediante la respectiva constancia que disponga este Organismo: