¿Aporte solidario o adicional al Impuesto a los Bienes Personales?

“El Proyecto Ley que el oficialismo llama 'Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar y Morigerar los Efectos de la Pandemia' se parece más a un adicional al impuesto a los bienes personales 2019 que a un aporte solidario”, analizó Juan Manuel Barrero.

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¿Aporte solidario o adicional al Impuesto a los Bienes Personales?
31deAgostode2020a las15:04

El tributo gravaría la totalidad de los bienes situados en el país y en el exterior al 31 de diciembre de 2019 pertenecientes a las Personas Humanas y Sucesiones Indivisas cuando estas posean un total de bienes igual o superior a los doscientos millones de pesos.

Las alícuotas varían del 2% al 3.5% para bienes situados en el país y del 3% al 5.25% para los bienes en el exterior. En el caso de los contribuyentes que realicen una repatriación del 30% de la totalidad de los bienes dentro de los 60 días de publicada la norma, no deberán abonar la alícuota diferencial.

Puntos conflictivos del proyecto 

Valuación del Patrimonio 

Los bienes deberán ser valuados según lo dispuesto por la Ley de Bienes Personales, sin considerarse mínimos no imponibles del impuesto.