Control: los alquileres agrícolas se deberán registrar en la AFIP
El Gobierno reglamentó la registración de contratos de locación de inmuebles.
La AFIP oficializó a través del Boletín Oficial que el régimen establecido por la Ley 27.551 (Registración de contratos de locación de Inmuebles) comenzará a regir el 1º de marzo.
Desde el organismo destacan que el Régimen de Registración permitirá obtener información relevante para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos intervinientes en distintas operaciones: "La herramienta permitirá obtener datos relevantes para verificar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes que intervienen en distintas operaciones inmobiliarias".
Los contribuyentes que asuman el carácter de locadores o arrendadores en los contratos quedan obligados a la registración de la operación. Si bien no son sujetos obligados, la normativa contempla la posibilidad de que los intermediarios (corredores, inmobiliarias y escribanos) registren un contrato en representación de sus clientes.
El régimen también prevé que los sujetos que asuman el carácter de locatarios o arrendatarios, podrán informar en forma voluntaria un contrato.