DJVE: el Gobierno modificó el procedimiento para declarar la exportación de granos y subproductos
El Sistema procederá a la inhabilitación del exportador si no se registra el pago de los derechos de exportación
Con la fima de la titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marco del Pont, el Gobierno modificó aspectos técnicos y el procedimiento para las destinaciones definitivas de exportación para consumo asociadas a las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE).
Este nuevo procedimiento alcanza a todos los productos y subproductos agrícolas: trigo, centeno, cebada, cebada cervecera, avena, maíz, alpiste, sorgo granífero, grano de soja, aceite de soja, aceite de girasol, expellers, pellets y harina.
Para determinar este nuevo procedimiento, la AFIP tuvo en cuenta el objetivo del "desarrollo de instrumentos que, además de optimizar las funciones específicas en materia aduanera, favorezcan la competitividad y la facilitación del comercio exterior, sin perder de vista los controles y la gestión de riesgo". "Resulta necesario establecer los aspectos técnicos y el procedimiento para las destinaciones definitivas de exportación para consumo asociadas a las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE)", cita el organismo en las consideraciones.