Se reglamentó el uso de la caravana electrónica para 2026: cómo se debe aplicar e informar al Senasa
El organismo sanitario estableció los pasos para la implementación de la nueva herramienta que es obligatoria a partir del 1 de enero

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) publicó la Resolución 841/2025, en la que establece la reglamentación del uso de la caravana electrónica. La misma detalla la forma de aplicación y de informar al organismo.
“La identificación individual electrónica de bovinos, bubalinos y cérvidos resulta esencial para el cumplimiento de los requisitos sanitarios y de trazabilidad exigidos por los mercados internacionales, que imponen estándares cada vez más estrictos en materia de seguridad alimentaria y calidad del producto”, destacó el organismo.
De esta manera, la resolución establece que se aprueba la norma técnica para la identificación individual electrónica obligatoria del ganado bovino, bubalino y cérvido, mediante el uso de binomio compuesto por una tarjeta visual y un dispositivo electrónico -botón de identificación por radiofrecuencia (RFID), bolo RFID o bien transpondedor inyectable.
