Se podrá salir del país a los seis meses de haberse declarado la quiebra
Exigirán a los jueces que fijen el plazo de las prohibiciones para dejar el país a concursados y fallidos. Y no aceptarán restricciones de más de seis meses.
Salir del país puede convertirse en una pesadilla cuando al presentarse en las oficinas de Migraciones el viajero es informado de que un juez le había prohibido ausentarse del territorio en virtud de un concurso o quiebra. Ahora, el Gobierno decidió borrar de las listas de prohibiciones a los pedidos de los jueces concursales con más de 18 meses de antigüedad. Y en adelante, Migraciones sólo aceptará aplicar restricciones de una duración de 6 meses.
La Disposición 814/2011 de la Dirección Nacional de Migraciones organismo que depende del ministro del Interior, Florencio Randazzo explicó que detectó asientos de restricciones de salida del país de muy antigua data, a raíz de un régimen de concursos y quiebras hoy derogado. Y consideró que esto atenta contra la libertad ambulatoria de las personas de modo injustificado.
En tal sentido, la nueva ley de concursos y quiebras habilita al concursado y administradores de la sociedad concursada a salir del país libremente, cuando la ausencia no supere los 40 días, con la única obligación de avisarle previamente la juez del concurso. Sólo obliga al afectado a solicitar autorización al Tribunal en los casos en que la permanencia en el exterior supere ese tiempo. Aunque el magistrado interviniente podrá excepcionalmente negar la autorización de salida.