Claves para operar con el nuevo dólar turista y contratar viajes
La AFIP elevó de 15% a 20% la retención para los consumos con tarjetas de crédito y débito efectuados en el exterior. Pero ahora agregó el recargo a la compra de paquetes turísticos, pasajes y otros servicios vinculados realizados en el país.
1¿Qué varía desde hoy?
A través de la Resolución General 3450 de la AFIP, el Gobierno elevó del 15% al 20% la percepción que cobra como adelanto de impuesto a las Ganancias y Bienes Personales en los consumos con tarjetas de crédito y débito efectuados en el exterior del país. Pero además, ahora el recargo se extiende a la compra de paquetes turísticos, pasajes y otros servicios vinculados, como el pago de hoteles, que no estaban hasta ayer alcanzados por la retención.
2 ¿Qué operaciones entonces deberán pagar el recargo del 20%?
Según la normativa las siguientes operaciones llevan el recargo del 20%: todas las compras con tarjetas de crédito y débito realizadas en el exterior; todas las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales mediante la utilización de Internet en moneda extranjera; todas las operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo mayoristas y minoristas del país cualquiera sea su medio de pago (incluye efectivo); todas las operaciones de adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país (también incluye efectivo); y para la adquisición de bienes, prestaciones y adelantos en efectivo realizados en el exterior en moneda extranjera por sujetos residentes en el país.
