Cajas de seguridad: el Estado sólo puede allanarlas si un juez lo autoriza
El contenido está protegido por la Constitución y sólo se pueden abrir mediante allanamiento por orden judicial. El BCRA puede llegar hasta la titularidad.
Pese a los rumores sobre las posibilidades de la AFIP de escanear los contenidos de las cajas de seguridad o las declaraciones del presidente de la UIF que trató de desestabilizadores a los dólares guardados en ellas por estar encajonados, los cofres están protegidos por la Constitución Nacional y el Estado sólo puede acceder a ellos previa denuncia o embargo que habilite a un juez a autorizar un allanamiento.
Así lo afirmaron los abogados consultados por El Cronista, que agregaron que el Banco Central (BCRA) y la AFIP sí pueden conocer los nombres de los titulares de las cajas, en el marco de los controles permanentes que realiza la entidad monetaria sobre el sector por la ley de entidades financieras y el organismo recaudador, por la ley penal tributaria.
La preocupación de las personas que alquilan cajas de seguridad es palpable y más aún en el contexto de blanqueo de capitales que está lanzando el gobierno, y porque no hay una norma que regule específicamente este servicio bancario más allá de la protección sobre la propiedad privada.
El contenido de los cofres está protegido por la Constitución Nacional en su artículo 17 (La propiedad es inviolable) y 18 (El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento).