IVA: declaración jurada digital obligatoria

A partir de julio de 2015 será obligatoria la confección y presentación de la Declaración Jurada de IVA vía web.

La intención es dar un paso adelante con la disponibilidad de un volumen ascendente de información cada vez más detallada.

La intención es dar un paso adelante con la disponibilidad de un volumen ascendente de información cada vez más detallada.

22deJuniode2015a las12:23

Mediante la resolución 3711 la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso la obligatoriedad de realizar la presentación de Declaraciones Juradas de IVA a través de su sistema online

La modalidad, que reemplaza los aplicativos vigentes, en principio incluye a todos los inscriptos en IVA, con la excepción de los siguientes casos:

  • Empresas promovidas.
  • Proveedores de empresas promovidas.
  • Contribuyentes que realicen operaciones de exportación.
  • Responsables que soliciten reintegros por operaciones de bienes de capital.
  • Sujetos con “Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias”. Productores que exigen reintegros de IVA agropecuarios.
  • Sujetos adheridos al “Régimen Agropecuario de IVA con Pago Anual”.
  • Sujetos alcanzados por los beneficios de la ley 25080 y su modificación - Inversiones para bosques cultivados.
  • Sujetos alcanzados por los beneficios de la ley 26093 - Régimen de regulación y promoción para la producción y uso sustentables de biocombustibles.

La disposición se complementa con otros requerimientos de información ya impulsados por el organismo, entre ellos, la factura electrónica y los regímenes de información de compras y ventas.