¿Cómo recuperar dinero inmovilizado de saldos IVA?
Los productores agropecuarios se encuentran muchas veces con dinero inmovilizado, un producto de los saldos a favor del impuesto al valor agregado (IVA), que mantienen con el Fisco Nacional. Es importante saber que esta pérdida financiera puede atenuarse e incluso eliminarse en algunas ocasiones.
|El productor podrá analizar si es necesario realizar otras actividades complementarias para atenuar esos saldos.
La mayoría de las operaciones que se realizan, como ventas de granos y de hacienda vacuna, se encuentran trabadas por el impuesto al valor agregado a una tasa del 10,5%. Es decir que, además del valor bruto de venta, debería recibirse un incremento del 10,5%. Esto en muchos casos no es tan directo, ya que la actividad está sujeta a retenciones del propio tributo, tal es el caso de la venta de granos.
Estas retenciones, que deberían acreditarse en la cuenta bancaria del productor aproximadamente a los 45 días de presentada la declaración jurada del mes correspondiente de efectuada la operación, en la actualidad, tienen muchos meses de retraso.
Hoy existen saldos inmovilizados por más de 400/500 días. ¿Entonces cuánto dinero se licuó por inflación en ese período? ¿Un 40% o 50%? Para evitar esto, existe el Recurso de Amparo por Mora.
Por otro lado, la empresa agropecuaria realiza operaciones de compras. Entonces, es cuando nos encontramos con erogaciones para afrontar gastos, adquirir bienes de uso, compras de bienes de cambio, etc. Y las tasas del IVA contenido en esas erogaciones pueden variar desde 0% (para el caso de alquileres rurales) hasta el 27% para la energía eléctrica.
Ante esta diversidad de tasas sumadas a las retenciones producidas, surgirán continuos desbalances, con el agravante de la generación de permanentes saldos a favor que producen inconvenientes financieros. Estos, en un contexto inflacionario como viene sufriendo el país, hace que día a día los saldos a favor representen para el productor menor capacidad de compra.
En función de los montos de saldos a favor y el tiempo que transcurra hasta su agotamiento, el productor podrá analizar si es necesario realizar otras actividades complementarias a la agrícola/ganadera, al efecto de atenuar esos saldos.
Hay diversas actividades que van a estar alcanzadas a la tasa del 21%. Es decir, cuando la empresa venda el producto y/o servicio, cobrará por el mismo 21% de impuesto al valor agregado. Eso quiere decir que recibirá más dinero que vender, por ejemplo, granos o hacienda por los cuales recibirá 10,5%.
Si bien el valor del 21% es IVA y deberá reintegrarse al Estado, en el caso de poseer saldos a favor, ese importe cobrado del impuesto quedará en el bolsillo del productor hasta agotar el saldo a favor que dispone.