Fin del cepo y nuevas medidas cambiarias

Después de que Alfonso Prat Gay anunciara el fin del cepo cambiario, una serie de medidas económicas fueron tomadas a la par. A continuación un detalle de las mismas.

El objetivo de esta medida, es la de alentar la bancarización de las operaciones.

El objetivo de esta medida, es la de alentar la bancarización de las operaciones.

17deDiciembrede2015a las17:34

Luego de que el  Ministro de Economía, Alfonso Prat Gay, anunciara el fin del cepo cambiario, junto con otras medidas, la Administración General de Ingresos Públicos  (AFIP), mediante la Resolución General n° 3819, estableció un régimen de percepción del 5% aplicable a las operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viaje y/o turismo y de transporte con destino fuera del país que se cancelen mediante pago en efectivo.

El objetivo de esta medida, es la de alentar la bancarización de las operaciones.

¿Cómo actúan las percepciones?

Para los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y los que no resulten responsables de Impuesto a las Ganancias, las percepciones que se practiquen se consideran pago a cuenta de Impuesto a los Bienes Personales, para los demás sujetos opera como pago a cuenta de Impuesto a las Ganancias.

Cuando la percepción tenga origen en la adquisición de servicio de transporte aéreo, terrestre o por vía acuática, por una persona que no se encuentre inscripta en la AFIP, dicha percepción podrá ser computada en el impuesto a las ganancias por el contribuyente que haya pagado el servicio siempre que la persona a la que se le expidió el pasaje se encuentre a cargo de aquella.