Cadena de carnes: conocé los puntos claves del nuevo Registro Fiscal
Alejandro Larroudé detalla punto por punto todo lo que tenés que saber de la resolución 3873 de Afip y cómo impacta en la operatoria diaria dentro de la cadena de la carne.
|La no incorporación al mismo así como su exclusión, limita severamente la posibilidad fáctica de operar en el mercado.
Mediante la resolución 3873 de Afip publicada en el Boletín Oficial el 30 de mayo del presente año, se creó el Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Bovinas y Bubalinas (RFOCB) que establece un régimen de percepciones, pagos a cuenta y retenciones nuevo, lo que genera una mayor carga administrativa y fiscal.
La no incorporación al mismo así como su exclusión, limita severamente la posibilidad fáctica de operar en el mercado.
¿Quiénes y cómo deben inscribirse?
Tendrán opción de inscribirse los productores de cría, cabañeros, invernadores, feedlots, frigoríficos y mataderos, matarifes, consignatarios, comercializadores de subproductos, y los mercados concentradores, exceptuándose de dicha obligación a los transportistas de hacienda. El trámite de inscripción deberá efectuarse a través del servicio web de la AFIP, mediante clave fiscal.
La adhesión a ese registro es optativa, pero su no inscripción genera perjuicios fiscales como por ejemplo incrementos en las retenciones, percepciones y pagos a cuenta previstos. Lo mismo sucede con quienes por incurrir en algún tipo de inconducta fiscal queden suspendidos o excluidos de ese registro.