Así disminuirá la carga tributaria para las empresas
La carga tributaria de lo que queda del año 2016 y de los años siguientes, disminuirá a causa de una serie de medidas impositivas plasmadas en distintas resoluciones y leyes que surgieron desde fines de 2015 hasta la actualidad. Mirá cuáles son.
|Estos son los 11 beneficios que podrían obtener las empresas.
Las medidas tomadas incluirán en general a todo tipo de empresas y en especial, tendrán consecuencias directas sobre las PYME, que actualmente representan entre el 95% y el 98% de las empresas constituidas en todo el país. De esto se desprende que, casi la totalidad de empresas encuadradas en los beneficios fiscales se verán afectadas.
Estos son los 11 beneficios que podrían obtener las empresas con las leyes y resoluciones mencionadas:
Bienes Personales
Es uno de los tributos con mayores modificaciones porque se cambia el criterio de cálculo. Es decir, de considerar un mínimo exento, se transforma en mínimo no imponible. Esto es muy importante ya que desde el ejercicio 2016 se tributará solamente por el excedente de ese mínimo y no por su totalidad (en caso de superar el mínimo exento) como fue hasta el 2015.
Mínimos no imponibles y tasas del tributo
Ya se encuentran determinados para los próximos 3 ejercicios. Esto es muy importante para la planificación fiscal que pueda realizar cada persona o cada empresa.
Nuevos importes y alícuotas
- Mínimo para el 2016: $800.000 a Alícuota: 0,75%
- Mínimo para el 2017: $950.000 a Alícuota: 0,50%
- Mínimo para el 2018: $1.050.000 a Alícuota: 0,25%
Eximidos del impuesto sobre bienes personales
Quienes hayan cumplido con sus obligaciones tributarias, es decir presentaciones y pagos, de los períodos fiscales 2014 y 2015 y no se hayan adherido a planes de pagos ni blanqueos, quedarán eximidos de tributar el impuesto sobre los Bienes Personales en 2016, 2017 y 2018.