Impuesto a la ganancia mínima presunta en el agro: aspectos a tener en cuenta

Desde Arizmendi explicaron cuál es la situación del gravamen para los productores agropecuarios a partir del período fiscal 2017.

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Impuesto a la ganancia mínima presunta: situación del gravamen para los productores agropecuarios a partir del período fiscal 2017.

Impuesto a la ganancia mínima presunta: situación del gravamen para los productores agropecuarios a partir del período fiscal 2017.

07deDiciembrede2017a las11:09

La Ley 27260 de Sinceramiento Fiscal en su artículo 76 derogó el impuesto a la ganancia mínima presunta para los ejercicios que se inician a partir del 1 de enero de 2019.

Por otra parte, el artículo 5° de la Ley 27264 de Fomento para las micro, pequeñas y medianas empresas establece que a partir del período fiscal 2017, inclusive, no les será aplicable a las micro, pequeñas y medianas empresas el impuesto a la ganancia mínima presunta con efecto para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del día 1 de enero de 2017.