Certificado MiPyME: prorrogan el plazo de renovación

El certificado MiPyME le permite a las micro, pequeñas y medianas empresas acreditar su condición a fin de solicitar beneficios o adherir a programas que permitan aumentar su productividad y mejorar su competitividad

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La vigencia de la norma aplica a partir de los cierres 31 de Diciembre de 2017 en adelante.

La vigencia de la norma aplica a partir de los cierres 31 de Diciembre de 2017 en adelante.

09deAbrilde2018a las16:17

Las empresas que encuadren en las categorías de Micro, Pequeñas o Medianas empresas, tendrán la extensión de un mes más al establecido originalmente para solicitar el Certificado MiPyME y con ello tener la posibilidad de acceder al abanico de beneficios fiscales.

Para acceder a la inscripción al Registro, se deberá presentar una declaración jurada de ingresos hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre de ejercicio. Esto fue establecido en la Resolución General 74/2018.

Una vez aprobada la categorización de MiPyME, la empresa obtendrá el Certificado respectivo el cual deberá ser renovado anualmente a partir del primer día hasta el último, del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio. Anteriormente a la RG 74/2018, el plazo era de tres meses.

La vigencia de la norma aplica a partir de los cierres 31 de Diciembre de 2017 en adelante.

Es importante entonces tener presente los vencimientos de renovación del Certificado al efecto de no perder los beneficios impositivos asignados a todas aquellas empresas que califiquen como Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.