Impuesto a las ganancias: se incrementaron los montos no sujetos a retención

Gonzalo F Alcorta, experto impositivo de Arizmendi, explica de qué manera se modifica el Régimen General de retención del impuesto a las ganancias.

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Se incrementaron los montos no sujetos a retención del Régimen General de Retención del impuesto a las ganancias.

Se incrementaron los montos no sujetos a retención del Régimen General de Retención del impuesto a las ganancias.

15deJuniode2018a las15:53

Desde el año 2016 que no se actualizaban los importes mínimos a partir del cual se efectúa la retención del impuesto a las ganancias por pagos a los proveedores. En su oportunidad la RG AFIP 3884/2016, modificó los importes establecidos en la RG  AFIP 830/2000, a fines de reconocer el aumento de la inflación, en el mes de mayo 2018, un incremento de los montos no imponibles a partir del cual se efectúa la retención del impuesto a las ganancias.

Explica Gonzalo F Alcorta, experto impositivo de Arizmendi, de qué manera se modifica el Régimen General de retención del impuesto a las ganancias, por medio de la RG 4245/18 (BO 15/05/2018), con aplicación para los pagos que se realicen a partir del 1/6/2018:

- En primer lugar, se eleva el mínimo no imponible para operaciones de enajenación de bienes muebles y bienes de cambio a $ 142.400; para locaciones de obras y servicios y transporte de cargas a $ 42.700; para alquileres y arrendamientos a $ 7.120; para comisiones a $ 10.700; para honorarios profesionales a $ 10.700.

- Se incrementa a su vez en un 42% aproximado los montos no sujetos a retención que se aplican a los sujetos inscriptos en el impuesto, manteniéndose en $ 10.000 el monto no sujeto a retención para los derechos de autor.