Nuevo procedimiento para la Inspección Laboral ante Indicios de Explotación

La promoción del trabajo decente constituye uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas.

|
Los Estados se comprometieron a tomar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso.

Los Estados se comprometieron a tomar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso.

29deJuniode2018a las12:21

La Secretaría de Trabajo por medio de la Resolución 230 (B.O.15/06/2018) aprueba el “Procedimiento para la Actuación de la Inspección Laboral Nacional ante Indicios de Explotación Laboral” que entrará en vigencia a partir de la publicación de la misma.

De esta forma aprueban además el Acta de Constatación de Indicios de Explotación Laboral y su ANEXO I, formularios a utilizar en las acciones de fiscalización que se realicen y en las que se detecten indicios de explotación laboral, así como el informe “IF-2018-24801821-APN-DNFTSS#MT e Informe IF-2018-24801412-APN-DNFTSS#MT” formarán parte de la medida.

Aprueban también el Instructivo para la Confección del Acta de Constatación de Indicios de Explotación Laboral y su ANEXO I, que como Informe IF-2018-24801289-APN-DNFTSS#MT integra la medida.