El Indec aclaró cuándo será requerido el certificado censal
Desde el Indec aclararon que el certificado censal será exigido a partir de los 90 días corridos desde la finalización del censo agropecuario.
El Banco Central aclaró las operaciones para las cuales será exigible la presentación del “Certificado de Cumplimiento Censal”.
08deEnerode2019a las11:37
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) informó que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió una nueva comunicación en la que aclara que el certificado de cumplimiento censal correspondiente al Censo Nacional Agropecuario 2018 (CNA 2018) será requerido para la realización de operaciones bancarias a partir de los 90 días corridos desde la finalización de las actividades sustantivas del operativo y por el término de un año calendario.